Ofrecemos el texto íntegro del Fuero Nuevo de Alcalá, mientras que del Fuero Viejo solo damos los artículos que se mantuvieron, con más o menos modificaciones, en el Nuevo. Para su identificación y alineación, nos hemos servido de la tabla de materias concordantes que ofrece Pérez-Bustamante (1995: 275-276). En la visualización, cuando las correspondencias son complejas es posible que se den correspondencias de un capítulo – dos capítulos en las unidades de alineamiento.
De los dos fueros existen ediciones previas. Del Fuero Viejo se publicó una transcripción paleográfica, con las abreviaturas desarrolladas, en Sáez, Caballero y Torrens (1992), y una triple presentación (transcripción paleográfica sin desarrollo de abreviaturas, edición crítica y facsímil) en Torrens (2002), edición crítica esta última que es la que ahora seguimos (salvo por alguna mínima corrección o cambio, por ejemplo, en la puntuación). Del Fuero Nuevo contábamos con la edición de Pérez-Bustamante (1995), edición de la que no se explicitan los criterios pero que pueden resumirse en mantenimiento de los usos gráficos del manuscrito, desarrollo de las abreviaturas sin dejar constancia1, e intervención en la unión y separación de palabras, acentuación, puntuación y uso de mayúsculas y minúsculas según las normas actuales2.
Los criterios de presentación gráfica que utilizamos en 2002 para la edición crítica del Fuero Viejo (que se detallan en las páginas 449-464) y los que ahora empleamos para el Fuero Nuevo vienen a coincidir con los de Pedro Sánchez-Prieto (1998) y los de la Red Internacional CHARTA, criterios generales que requieren una aplicación reflexiva y hasta cierto punto particular en cada caso. Esto es así porque la amplia distancia cronológica que separa los dos fueros se refleja de manera especial en las diferencias existentes entre las tradiciones de escritura a las que pertenecen.
La tradición en la que se inserta el Fuero Viejo, escrito hacia 1235, es ajena a la de la cancillería real y de usos más arcaicos que esta, muchos de ellos condicionados por razones paleográficas y no por la correspondencia con la fonética, con alternancia de soluciones sin trascendencia fonética y con convivencia de formas latinas junto a las evolucionadas. Esto nos obliga a adoptar una actitud más conservadora y a mantener las grafías latinizantes sin que ello presuponga su realización en el habla de la época, pues su eliminación en aras de una representación gráfica más fiel a la supuesta pronunciación del momento distorsionaría en exceso la realidad del manuscrito.
1.- La lineta abreviativa de nasal la resuelve siempre mediante “n”, tanto cuando está sobre otra “n” y representa la consonante palatal (ano –> anno ‘año’), como cuando la lineta es presumiblemente espuria (pena –> penna ‘pena’, setenas –> setennas ‘setenas’)
2.-Aparte de algunas erratas fácilmente identificables y de algún error del MS no advertido, como XXXI a quien / en su casa se quemare por a quien / su casa se quemare, el editor comete numeroros errores de transcripción: XXVI el fiador por dé fiador, XXVII cumplidos por complidos, XXXV tornase por tórnese, XXXVIII del padre o en la otra mitad por del padre e en la otra mitad, toviere por tuviere y dieran por dieren, XXXIX omisión de [E si la muger embibdare e biviere onestamente e mantuviere bibdez hasta un año, la mejor bestia que ovieren de silla o de alvarda tómela sin partición;] e si non biviere honestamente o non mantoviere bibdad non tome bestia alguna, Carnaltollendas (sic) [el sic es del editor] por carrastollendas, LXVIII Que las cabras por Ovejas o cabras, LXX en cencerrado por encencerrado, LXXI encencerado por encencerrado, LXXIII o cogiere por e cogiere, LXXIV sino por si no, LXXV a sy por asý, LXXX crean por creen, XCVI conprare a otro por comprare e otro, XCVI preçedase por procédase, XCVIII estoviere por estuviere, CI pague al homezillo por pague el homezillo, omisión de por la primera vez quinientos maravedís [e por la segunda mil maravedís e por la tercera mil e quinientos maravedís], CXIV los guardias por las guardas, CXVI non de otra liena por non dé otra lieva, CXX el debdor por al debdor, además de la omisión de ansí, CXXII obejas por ovejas y sea por sean, CXXIII says por seys, CXXIV alamadas por alamedas, royaren por reyeren, CXXV beynte por veynte, CXXVI al daño por el daño, CXXVIII obejunos por ovejunos, CXXXI tómelo doblado por tórnelo doblado, CXXXVII lo bolvera lo que obiere resçebidpor lo bolverá lo que oviere resçebido, CXXXVIII abidas por avidas, en la testificación notarial de 19r cajero por casero, en la de 20r la autoridad por las actoridades y e escrivano del Ayuntamiento de la villa por e escrivano del dicho concejo, y en la de 20v la autoridad por las actoridades.